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Reformas fiscales 2026: lo que tu empresa debe saber

Conoce las reformas fiscales 2026 que impactan a las empresas en México, en qué obligaciones se traducen y cómo prepararte para cumplir sin frenar tu operación.

Grupo CerVel Consultores

· 10 min de lectura

Las reformas fiscales de 2026 se publicaron en el DOF el 7 de noviembre de 2025 y están en vigor desde el 1 de enero de 2026. Para una empresa, lo importante está en tres textos: el Código Fiscal de la Federación, que endurece todo lo relacionado con facturas falsas (nuevo procedimiento de 24 días hábiles, suspensión de la facturación y un delito nuevo de 3 a 6 años de prisión); la Ley del IEPS, que sube las cuotas a bebidas azucaradas, tabaco y apuestas y crea un impuesto del 8 % a videojuegos violentos; y la Ley de Ingresos de la Federación, que fija la retención por intereses en 0.90 % y los recargos por prórroga en 1.38 % mensual. La Ley del ISR y la del IVA no se reformaron. El CFF tuvo además un ajuste el 9 de abril de 2026, sobre las garantías del interés fiscal.

A nueve meses de su entrada en vigor, aquí tienes qué te aplica hoy, qué documentar antes del cierre del ejercicio y qué trae el Paquete Económico 2027, presentado en septiembre y aún sin publicar en el DOF.

¿Qué reformas fiscales están vigentes en 2026?

Estas son las que afectan a empresas, con su fundamento:

Ley Qué cambió Artículo Desde
Código Fiscal de la Federación El CFDI debe amparar operaciones reales; si no, se considera falso 29-A, fr. IX 1-ene-2026
Código Fiscal de la Federación Procedimiento exprés para revisar facturas presuntamente falsas 49 Bis 1-ene-2026
Código Fiscal de la Federación Delito por declarar datos falsos o presentar documentos falsos 115 Ter 1-ene-2026
Código Fiscal de la Federación Plataformas digitales: acceso en línea y en tiempo real para el SAT 30-B 1-abr-2026
Ley del IEPS Nuevas cuotas a bebidas saborizadas y tabaco; 8 % a videojuegos violentos 2o 1-ene-2026
Ley de Ingresos 2026 Retención de ISR por intereses del 0.90 % 24 Ejercicio 2026
Ley de Ingresos 2026 Recargos por prórroga del 1.38 % mensual 11 Ejercicio 2026

¿Qué cambió en el Código Fiscal de la Federación?

La reforma al CFF (decreto publicado en el DOF el 7 de noviembre de 2025) tiene un hilo común: que una factura sin operación real detrás cueste más y se detecte antes.

  • Factura que no ampara una operación real = factura falsa. La fracción IX del artículo 29-A añade como requisito del CFDI que ampare operaciones existentes y verdaderas. Con el nuevo artículo 29-A Bis, la autoridad puede declarar ese incumplimiento en cualquiera de sus revisiones.
  • Revisión exprés de facturas: 24 días hábiles. El nuevo artículo 49 Bis crea un procedimiento para verificar comprobantes que se presumen falsos, que debe terminar en un máximo de 24 días hábiles. Desde que se notifica la orden, se suspende la emisión de facturas del contribuyente revisado. Si no desvirtúa la presunción, el SAT puede cancelar su certificado de sello digital (artículo 17-H, fracción XIII). Cómo se desarrolla esa revisión lo explicamos en visitas domiciliarias del SAT en 2026.
  • Más causas para restringir el sello digital. La fracción XII del artículo 17-H Bis permite restringirlo cuando la empresa tiene créditos fiscales firmes sin pagar y facturó en el ejercicio anterior más de cuatro veces su monto. El procedimiento para recuperarlo está en restricción de sellos digitales y cancelación del RFC.
  • Delito nuevo por datos falsos. El artículo 115 Ter castiga con 3 a 6 años de prisión a quien, a sabiendas, declare hechos o datos falsos o presente documentos falsos o alterados en cualquier procedimiento del CFF.
  • El delito de factura falsa se amplía. El artículo 113 Bis alcanza ahora también a quien dé efectos fiscales a comprobantes falsos y a las plataformas digitales que permitan publicar anuncios de compraventa de facturas. Es la cara penal de lo que el SAT ya hacía con el artículo 69-B, que repasamos en CFDI y operaciones inexistentes.
  • RFC y personas detrás de la empresa. El SAT puede negar el alta en el RFC a una persona moral cuando su representante legal, sus socios o accionistas u otras personas de su estructura están en ciertos supuestos de incumplimiento que no corrigieron (artículo 27, apartado C, fracción XIV).
  • Garantía del interés fiscal: un orden que duró tres meses. El decreto de noviembre impuso un orden obligatorio para las formas de garantizar un crédito fiscal (artículo 141). Una reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026 lo eliminó: desde el 10 de abril se puede elegir cualquiera de las formas que enumera el artículo.

¿Qué cambió en el IEPS?

El decreto de reforma a la Ley del IEPS, también del 7 de noviembre de 2025, toca a pocos sectores, pero con cifras fuertes:

  • Bebidas saborizadas: $3.0818 por litro si tienen azúcares añadidos y $1.5000 por litro si tienen edulcorantes.
  • Cigarros: tasa del 200 % más una cuota de $0.8516 por cigarro en 2026.
  • Juegos con apuestas y sorteos: tasa del 50 %.
  • Videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos: impuesto nuevo del 8 %.

Si tu empresa produce, importa o vende alguno de estos productos, el detalle por sector está en IEPS 2026: sectores gravados y principales cambios.

¿Qué fija la Ley de Ingresos 2026 para las empresas?

La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 (DOF del 7 de noviembre de 2025) no reforma leyes, pero fija tasas que se aplican todo el año:

  • Retención por intereses: el sistema financiero retiene el 0.90 % anual sobre el capital que genera intereses (artículo 24). Lo explicamos con ejemplos en retención de ISR 2026 sobre tus inversiones.
  • Recargos por prórroga: 1.38 % mensual sobre saldos insolutos (artículo 11). Si pagas a plazos, la tasa sube al 1.42 % hasta 12 meses, al 1.63 % de 12 a 24 meses y al 1.97 % a más de 24 meses o con pago diferido.
  • Ventas por plataformas digitales: las personas morales que venden a través de plataformas sufren una retención de ISR del 2.5 % sobre lo cobrado, que acreditan contra sus pagos provisionales; si no dan su RFC a la plataforma, la retención es del 20 % (artículo 25, fracción VI).
  • Reducción de multas al corregir durante una revisión: si el SAT ya inició una revisión y corriges pagando las contribuciones omitidas y sus accesorios, pagas el 50 % de la multa antes del acta final o del oficio de observaciones, y el 60 % después, siempre antes de la resolución que determina el crédito (artículo 19).
  • Estímulos que siguen vivos: diésel para empresas con ingresos menores a 60 millones de pesos, agro y transporte; peaje, para ingresos menores a 300 millones; y los de minería y libros (artículo 20, apartado A). Quién puede aplicarlos está en estímulos fiscales 2026.

¿Cambiaron el ISR y el IVA en 2026?

No. La última reforma de la Ley del ISR se publicó en el DOF el 1 de abril de 2024 y la de la Ley del IVA, el 12 de noviembre de 2021. Las tasas, deducciones y obligaciones de las personas morales siguen como estaban en la Ley del ISR; lo que cambió es el control alrededor de ellas (sobre todo el de las facturas que sostienen cada deducción) y las retenciones que fija la Ley de Ingresos. Los topes del RESICO, por ejemplo, siguen en 35 millones de pesos para personas morales, como repasamos en RESICO en 2026.

Tampoco cambian los impuestos estatales con estas reformas: el impuesto sobre nómina lo fija cada estado, y el de Querétaro y Guanajuato está en ISN en Querétaro y Guanajuato 2026.

Un ejemplo con números: venta por plataformas y prórroga

Pongamos una empresa de Querétaro que vende $400,000 al mes a través de una plataforma digital y tiene su RFC registrado en ella:

  • La plataforma le retiene el 2.5 %: $10,000 al mes de ISR. No es un costo adicional: la empresa lo acredita en su pago provisional de ese mes.
  • Si no hubiera dado su RFC, la retención sería del 20 %: $80,000 al mes, un hueco de flujo que se recupera tarde.

Si esa misma empresa pide prórroga para pagar un saldo de $100,000 de ISR, el primer mes paga $1,380 de recargos (1.38 % sobre el saldo insoluto), y la cuenta sigue cada mes sobre lo que quede pendiente.

¿Qué revisar en tu empresa antes del cierre de 2026?

Con los artículos 29-A Bis y 49 Bis, una deducción se defiende con documentos, y conviene tenerlos antes de que llegue la revisión:

  1. Materialidad de tus proveedores principales. Para cada uno: contrato, evidencia de que el servicio se prestó o el bien se entregó (entregables, bitácoras, fotos, correos) y pago bancarizado que coincida con la factura.
  2. Conciliación entre lo facturado y lo cobrado. Que los CFDI emitidos y recibidos cuadren con los estados de cuenta; el paso a paso está en nuestra guía de conciliación bancaria.
  3. Situación de tu sello digital. Si tienes créditos fiscales firmes sin pagar, valora liquidarlos con sus accesorios antes de que se cumpla el supuesto de la fracción XII del 17-H Bis.
  4. Beneficiario controlador. La información debe estar identificada y actualizada; los requisitos están en beneficiario controlador 2026.
  5. Ejercicios anteriores pendientes. Si arrastras declaraciones o diferencias, la regularización fiscal te deja corregir por tu cuenta; si ya hay una revisión abierta, corregir antes del acta final reduce la multa al 50 %.
  6. Planeación del cierre. Ordena deducciones y pagos provisionales de los últimos meses; las bases están en estrategias fiscales para empresas.

¿Qué viene con el Paquete Económico 2027?

El Ejecutivo entregó el Paquete Económico 2027 a la Cámara de Diputados el 8 de septiembre de 2026. Incluye iniciativas de Ley de Ingresos 2027 y de reformas a la Ley del ISR, la Ley Aduanera y la Ley Federal de Derechos, además de dos leyes nuevas: una de economía digital para pagos electrónicos y una general de armonización catastral y registral.

Todo nació como iniciativa: hasta que se publique en el DOF, nada de eso te obliga.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entraron en vigor las reformas fiscales 2026?

El 1 de enero de 2026. Hay dos excepciones: el artículo 30-B del CFF, sobre el acceso del SAT a las plataformas digitales, entró en vigor el 1 de abril de 2026, y la reforma del artículo 141 sobre garantías, publicada el 9 de abril, rige desde el 10 de abril de 2026.

¿Qué pasa si el SAT presume falsas las facturas de un proveedor mío?

El procedimiento del artículo 49 Bis va contra quien las emitió. Si tu proveedor no desvirtúa la presunción, su nombre se publica y tú tienes 30 días naturales para corregir con una declaración complementaria; si no lo haces, el SAT puede restringir tu sello digital (artículo 17-H Bis, fracción XIV). Además, en cualquier revisión el SAT puede rechazar la deducción por el artículo 29-A Bis.

¿Las reformas de 2027 ya están aprobadas?

No están en vigor: a 2 de octubre de 2026 no se han publicado en el DOF. Son las iniciativas que el Ejecutivo presentó el 8 de septiembre.

Antes de que llegue la revisión

El punto débil más común frente a estas reformas es un proveedor sin expediente de materialidad. Empieza por tus diez proveedores de mayor monto en 2026 y comprueba que cada uno tiene contrato, entregables y pago bancarizado.

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