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Calculadora de vigencia de e.firma

Calcula cuándo vence tu e.firma y cuándo conviene renovarla. Solo necesitas la fecha de emisión — no pedimos ni manejamos archivos sensibles.

La encuentras en el archivo .cer o en el portal del SAT.

¿Qué es la e.firma?

La e.firma (antes FIEL) es la firma electrónica avanzada emitida por el SAT que sustituye legalmente a la firma autógrafa. Identifica al contribuyente y permite realizar trámites en línea con plena validez jurídica: presentar declaraciones, emitir facturas (vía los CSD dependientes), firmar avisos, atender requerimientos y operar en el buzón tributario.

¿Cuándo vence?

La e.firma tiene vigencia de 4 años contados desde la fecha de emisión. Pasado ese plazo, deja de ser válida y bloquea cualquier trámite que la requiera, incluyendo la renovación de los CSD para facturar.

¿Cómo renovarla?

En línea (solo si está vigente): a través de la aplicación SAT ID o el portal SAT, en aproximadamente 15 minutos. Es la modalidad recomendada cuando faltan menos de 30 días para el vencimiento.

Presencial (obligatoria si ya venció): cita previa en oficinas del SAT con identificación oficial vigente, comprobante de domicilio, CURP impresa y memoria USB. La disponibilidad de cita puede ir de 1 a 4 semanas, por lo que conviene renovar con anticipación.

Vigente vs. activa: caducada o revocada

Es común confundir "vigencia" con "estado activo". Son dos conceptos distintos:

e.firma caducada e.firma revocada
Causa Cumplió los 4 años desde su emisión El SAT la canceló antes de su vencimiento
Estado en fecha Vencida Aún dentro de vigencia
Detección Por fecha (esta calculadora) Solo verificable en portal SAT
Renovación Online si lleva menos de 1 año vencida, presencial si más Presencial obligatoria con análisis de causa
Causas típicas Tiempo Fallecimiento (PF), Art. 17-H CFF, resolución judicial, solicitud del contribuyente

Para verificar si tu e.firma está revocada, entra al portal del SAT con tu RFC y contraseña. Si tu certificado aparece como "Inactivo" o "Revocado" pese a estar dentro de los 4 años, ha sido cancelada y debes acudir presencialmente al SAT para resolverlo.

¿Qué pasa si vence?

Sin e.firma vigente no podrás presentar declaraciones ni emitir facturas. Esto puede generar multas por obligaciones omitidas, restricción del sello digital (CSD) y, en casos prolongados, suspensión operativa. La renovación pasa de ser un trámite de 15 minutos en línea a un proceso presencial que puede tomar semanas.

¿Necesitas ayuda con la renovación?

Acompañamos a empresas con la gestión de e.firma y CSD de socios, representantes legales y la empresa.

Preguntas frecuentes

¿Dónde encuentro la fecha de emisión de mi e.firma? +

La fecha de emisión aparece en el archivo .cer (certificado) de tu e.firma. Puedes verla abriendo el certificado en Windows (doble clic) o desde el portal del SAT en "Vigencia de tu e.firma". Si no encuentras los archivos, también puedes solicitar tu constancia de vigencia desde el portal del SAT con tu RFC y contraseña.

¿Puedo renovar en línea si mi e.firma ya venció? +

No. Si tu e.firma ya venció, la única forma de renovarla es presentándote físicamente en una oficina del SAT con tu identificación oficial, comprobante de domicilio, CURP y una memoria USB. La renovación en línea solo está disponible mientras tu e.firma siga vigente.

¿Qué pasa si no renuevo mi e.firma a tiempo? +

Sin e.firma vigente no puedes presentar declaraciones, emitir facturas (los CSD dependen de la e.firma), firmar avisos al SAT, ni realizar trámites en buzón tributario. Esto puede traducirse en multas por declaraciones no presentadas, restricción de sellos digitales y bloqueo de facturación.

¿Cuánto tarda la renovación? +

En línea: el proceso toma entre 10 y 20 minutos y la e.firma queda activa al instante. Presencial: requiere agendar cita en SAT (la disponibilidad puede ser de 1 a 4 semanas) y el trámite en oficina dura aproximadamente 30 minutos. Por eso conviene renovar antes del vencimiento.

¿Mi e.firma puede estar inactiva aunque no hayan pasado 4 años? +

Sí. El SAT puede revocar tu e.firma antes de su vencimiento por causas como detección de irregularidades fiscales (Art. 17-H del CFF), fallecimiento del titular, resolución judicial, o solicitud del propio contribuyente. Una e.firma revocada NO se puede renovar en línea: debes acudir presencialmente al SAT con identificación y comprobantes para resolver la causa de revocación antes de tramitar una nueva.

¿Necesito ayuda profesional para renovar? +

No es obligatorio, pero recomendable si tu e.firma ya venció, si no tienes claros los pasos, o si tu empresa maneja múltiples e.firmas de socios y representantes. En Grupo CerVel acompañamos a empresas con la gestión integral de e.firma y CSD para asegurar continuidad operativa.