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Calendario fiscal 2026 México
Consulta todas las fechas límite de obligaciones fiscales para 2026. Filtra por régimen y haz clic en cualquier fecha para ver el detalle, fundamento legal y consecuencias del incumplimiento.
Cómo usar este calendario
- 1 Elige tu régimen en el selector para ver solo las obligaciones que te aplican.
- 2 Haz clic en una fecha resaltada para ver el detalle: quién la presenta, fundamento legal y consecuencias del incumplimiento.
- 3 Activa los recordatorios por correo para recibir cada mes las fechas clave del SAT y no olvidar ningún vencimiento.
Junio 2026
Haz clic en una fecha resaltada para ver el detalle de la obligación.
Principales fechas fiscales 2026 de un vistazo
Estas son las obligaciones fiscales más importantes del año en México. Usa el calendario interactivo de arriba para filtrar por régimen y ver el detalle de cada una.
| Obligación | Fecha límite 2026 | Quién |
|---|---|---|
| Pagos provisionales mensuales (ISR, IVA, retenciones, DIOT) | Día 17 de cada mes | PF con actividad empresarial/profesional y personas morales |
| ISN Querétaro (Impuesto Sobre Nóminas) | Día 17 de cada mes | Patrones con trabajadores en Querétaro |
| Cuotas IMSS e Infonavit (bimestrales) | Día 17, meses impares | Patrones registrados ante el IMSS |
| Constancias de retenciones y DIM | 15 de febrero de 2026 | Retenedores de ISR e IVA |
| Ajuste anual de ISR a trabajadores | Febrero de 2026 | Patrones que pagaron sueldos en 2025 |
| Declaración anual de personas morales | 31 de marzo de 2026 | Personas morales del Régimen General y RESICO PM |
| ISSIF (Información sobre Situación Fiscal) | 31 de marzo de 2026 | Personas morales obligadas (Art. 32-H CFF) |
| Declaración anual de personas físicas | 30 de abril de 2026 | Personas físicas obligadas a declarar |
| PTU — Reparto de utilidades (personas morales) | 30 de mayo de 2026 | Personas morales con trabajadores y utilidad en 2025 |
| PTU — Reparto de utilidades (personas físicas) | 29 de junio de 2026 | PF con actividad empresarial, trabajadores y utilidad en 2025 |
| Pago mensual definitivo RESICO (personas físicas) | Día 17 del mes siguiente (sin anual) | Personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza |
| Contabilidad electrónica (envío de balanza) | Día 3 (PM) / día 5 (PF) del 2.º mes posterior | Contribuyentes obligados a contabilidad electrónica |
| Aguinaldo a trabajadores | 20 de diciembre de 2026 | Todos los patrones con trabajadores subordinados |
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Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no presento mi declaración en la fecha límite?
El SAT impone multas que van de $1,810 a $22,400 por cada declaración omitida, además de actualizaciones y recargos calculados sobre el impuesto a cargo. Si acumulas 3 o más declaraciones omitidas, pueden restringir tus sellos digitales, lo que impide facturar y operar.
¿Puedo presentar declaraciones después de la fecha límite?
Sí, puedes presentar una declaración extemporánea o una complementaria después de la fecha límite, pero deberás pagar el impuesto causado más actualización y recargos calculados desde el día 18 del mes correspondiente. Es preferible presentarla cuanto antes, ya que cada mes de retraso incrementa los recargos.
Si el día 17 cae en fin de semana, ¿se recorre?
Sí. Cuando el día 17 cae en sábado, domingo o día festivo oficial, el plazo se recorre al siguiente día hábil conforme al Art. 12 del Código Fiscal de la Federación. Por ejemplo, en 2026 el 17 de enero (sábado) se recorre al 19 de enero, y el 17 de mayo (domingo) al 18 de mayo.
¿Cuándo es la declaración anual 2026?
Las personas morales presentan su declaración anual a más tardar el 31 de marzo de 2026 y las personas físicas hasta el 30 de abril de 2026, ambas del ejercicio fiscal 2025.
¿Qué día vencen las declaraciones mensuales ante el SAT en 2026?
Por regla general, el día 17 del mes siguiente al periodo que declaras. Si el 17 cae en sábado, domingo o día inhábil, el plazo se recorre al siguiente día hábil (Art. 12 CFF). Algunos contribuyentes tienen días adicionales según el sexto dígito de su RFC.
¿El calendario incluye impuestos estatales como el ISN?
Sí. Incluye el Impuesto Sobre Nóminas (ISN) de Querétaro, de pago mensual. Si operas en otro estado, la mecánica es similar pero la tasa y la autoridad cambian.
¿Necesito e.firma o Contraseña SAT para presentar a tiempo?
Sí. Para presentar declaraciones necesitas tu Contraseña SAT y, en muchos trámites, tu e.firma vigente. Renuévalas antes de los vencimientos para no incumplir.
¿Las fechas aplican en todo México?
Las obligaciones federales (ISR, IVA, DIOT, declaración anual) aplican en todo el país. Las estatales como el ISN varían por entidad; el calendario muestra las de Querétaro como referencia.
¿Cada cuándo declara un contribuyente RESICO en 2026?
Las personas físicas del RESICO presentan pagos mensuales definitivos, a más tardar el día 17 del mes siguiente (Art. 113-E LISR). Bajo este régimen no se presenta declaración anual: el pago mensual es definitivo.
¿Cuándo se pagan el aguinaldo y la PTU en 2026?
El aguinaldo se paga antes del 20 de diciembre. La PTU (reparto de utilidades) se paga dentro de los 60 días posteriores a la declaración anual: a más tardar el 30 de mayo las personas morales y el 29 de junio las personas físicas. A los trabajadores activos se les reparte en mayo y a los ex empleados con derecho, en junio.