Impuesto sobre nómina (ISN) en Querétaro y Guanajuato: tasas y obligaciones 2026
En 2026 la tasa del Impuesto sobre Nómina (ISN) es del 3% en Querétaro y del 2% en Guanajuato. En los dos estados lo paga el patrón (no se descuenta al trabajador), se declara y se paga de forma mensual ante la Secretaría de Finanzas del estado donde laboran físicamente tus empleados, por lo general a más tardar el día 22 del mes siguiente. Abajo tienes las tasas, la base gravable, cómo se calcula, cómo y dónde se paga, el fundamento legal y las dudas más frecuentes (incluida la PTU).
Si tu empresa tiene trabajadores en el Bajío, el ISN es una de esas obligaciones mensuales que parecen menores pero que, mal calculadas, generan recargos, multas y observaciones de la Secretaría de Finanzas de tu estado. Y como es un impuesto estatal, la tasa y las reglas cambian según dónde laboren físicamente tus empleados. Esto es clave para las empresas del corredor industrial Querétaro–Guanajuato, que muchas veces tienen personal en ambos estados.
¿Qué es el ISN y quién lo paga?
El ISN (también llamado impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal subordinado) es un impuesto estatal a cargo del patrón, no del trabajador. Es decir, no se descuenta del sueldo del empleado: representa un costo adicional de la nómina que absorbe la empresa.
Están obligadas todas las personas físicas y morales que realicen pagos por sueldos, salarios y demás remuneraciones a trabajadores dentro del territorio del estado.
Tasas de ISN 2026: Querétaro vs Guanajuato
| Estado | Tasa ISN 2026 | Fundamento |
|---|---|---|
| Querétaro | 3% | Ley de Hacienda del Estado de Querétaro |
| Guanajuato | 2% | Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato |
Dato importante para Querétaro: la tasa subió de 2% a 3% en 2022 y se mantiene en 2026. Además, Querétaro concede una deducción en la base gravable equivalente a 8 veces el salario mínimo general mensual, lo que reduce el impuesto a pagar.
Dato importante para Guanajuato: el paquete fiscal 2026 aprobado por el Congreso estatal no contempla nuevos impuestos ni aumento de tasas, por lo que el ISN se mantiene en 2%.
Nota: las tasas y deducciones pueden ajustarse cada año al publicarse la Ley de Ingresos estatal. Antes de aplicar, conviene confirmar la cifra vigente con la Secretaría de Finanzas correspondiente o con tu despacho contable.
ISN en Guanajuato 2026: una sola tasa estatal para todo el estado
Una confusión frecuente es pensar que el ISN cambia entre León, Celaya, Irapuato o Salamanca. No es así: el ISN Guanajuato es un impuesto estatal, no municipal. La tasa del 2% aplica por igual en todo el estado, sin importar el municipio donde esté tu centro de trabajo. Por eso, tanto si tu planta está en León como en Celaya, el impuesto se calcula al 2% sobre las remuneraciones gravadas y se entera ante la Secretaría de Finanzas de Guanajuato.
Lo que sí conviene revisar cada año es la Ley de Ingresos estatal, porque de ahí depende que la tasa y los estímulos del ejercicio se mantengan o cambien. Para 2026, el ISN en Guanajuato continúa en 2%.
¿Qué integra la base gravable?
El ISN se calcula sobre el total de las remuneraciones pagadas en el mes, que generalmente incluye:
- Sueldos y salarios
- Comisiones y bonos
- Aguinaldo, prima vacacional y gratificaciones
- Tiempo extra gravado
- Prestaciones en efectivo
Algunos conceptos pueden estar exentos o tener tratamiento especial según cada estado (por ejemplo, ciertos vales de despensa o fondos de ahorro dentro de los topes ligados a la UMA). Por eso es importante clasificar bien cada percepción antes de aplicar la tasa.
¿La PTU se toma en cuenta para el ISN?
Es una de las dudas más buscadas. Por regla general, la PTU no forma parte de la base gravable del ISN, porque no es una remuneración ordinaria por el trabajo subordinado, sino un reparto derivado de las utilidades de la empresa.
Dicho esto, el ISN es un impuesto estatal y el tratamiento exacto de cada concepto lo define la Ley de Hacienda de cada entidad. Antes de excluir la PTU (o cualquier otra percepción) de la base, confírmalo contra la Ley de Hacienda de tu estado —Querétaro o Guanajuato— o con tu despacho contable, para no dejar fuera algo gravado ni pagar de más por algo exento.
Cómo se calcula: ejemplo práctico
Supongamos una nómina mensual gravable de $300,000 en cada estado:
En Querétaro (3%):
- Base: $300,000 menos la deducción de 8 salarios mínimos generales mensuales
- Sobre la base ya reducida se aplica el 3%
- Sin considerar la deducción, $300,000 × 3% = $9,000; con la deducción, el impuesto a pagar es menor
En Guanajuato (2%):
- $300,000 × 2% = $6,000 de ISN
Como ves, la misma nómina genera un impuesto distinto según el estado. Por eso, si tienes operaciones en ambos, el ISN debe pagarse por separado en cada entidad, según dónde labore físicamente cada trabajador. Recuerda aplicar la deducción de 8 salarios mínimos en Querétaro: omitirla es uno de los errores más comunes y hace que pagues de más.
El criterio de territorialidad (clave para empresas del Bajío)
El ISN se causa en el estado donde el trabajador desempeña físicamente su labor, no necesariamente donde está el domicilio fiscal de la empresa.
Ejemplo: si tu matriz está en Querétaro pero tienes una planta en León, Guanajuato, debes:
- Pagar ISN al 3% en Querétaro por el personal de la matriz.
- Pagar ISN al 2% en Guanajuato por el personal de la planta de León.
Para empleados en home office, en 2026 el impuesto generalmente se causa en el estado del centro de trabajo al que está adscrito el colaborador, aunque algunas legislaciones locales están ajustando este criterio. Conviene revisarlo caso por caso.
¿Dónde, cómo y cuándo se paga el ISN?
En ambos estados el ISN es de periodicidad mensual. La declaración y el pago se realizan en línea, a través del portal de recaudación de la Secretaría de Finanzas del estado correspondiente (una para Querétaro y otra para Guanajuato), donde capturas la base gravable del mes, el sistema determina el impuesto y generas la línea de captura para pagar.
El plazo suele ser a más tardar el día 22 del mes siguiente al que corresponden las remuneraciones; verifica la fecha exacta en tu estado, ya que puede variar. Adicionalmente, según el estado, puede existir la obligación de presentar una declaración anual informativa del ISN.
En resumen, para cada estado necesitas: darte de alta como contribuyente del ISN, declarar mensualmente la base, pagar dentro del plazo y conservar los acuses.
Fundamento legal del ISN en Querétaro y Guanajuato
El sustento del impuesto está en la legislación de hacienda de cada estado:
- Querétaro: Ley de Hacienda del Estado de Querétaro (tasa del 3% y deducción de 8 salarios mínimos).
- Guanajuato: Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato (tasa del 2%).
Cada ejercicio, la Ley de Ingresos estatal confirma o ajusta tasas y estímulos, por lo que la referencia vigente siempre es la publicación oficial del estado y el portal de su Secretaría de Finanzas. Si necesitas el texto aplicable a tu caso concreto, conviene apoyarte en un despacho contable local.
Consecuencias de un cálculo o pago incorrecto
No pagar, pagar tarde o calcular mal el ISN puede derivar en:
- Recargos y actualización sobre el impuesto omitido.
- Multas impuestas por la Secretaría de Finanzas estatal.
- Auditorías o revisiones locales.
- Créditos fiscales estatales que afectan la situación de la empresa.
Los errores más comunes son: no incluir todas las percepciones gravadas, confundir la tasa de un estado con la de otro, no aplicar las deducciones o estímulos disponibles, y pagar fuera de plazo.
Cómo evitar errores en el ISN
- Identifica correctamente dónde labora cada trabajador para aplicar la tasa estatal correcta.
- Mantén bien clasificadas las percepciones gravadas y exentas en tu sistema de nómina.
- Aplica las deducciones y estímulos vigentes en cada estado (en Querétaro, la deducción de 8 salarios mínimos).
- Respeta los plazos mensuales de pago para evitar recargos.
- Apóyate en un despacho contable local que conozca las particularidades de Querétaro y Guanajuato.
Conclusión
El ISN parece sencillo —una tasa sobre la nómina— pero su correcta aplicación se complica cuando una empresa opera en varios estados del Bajío con tasas y reglas distintas. Querétaro al 3% y Guanajuato al 2% exigen un manejo cuidadoso de la base gravable, la territorialidad y los plazos para evitar sanciones que impactan el flujo de efectivo.
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