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Calculadora de factor de actualización INPC

Elige dos meses y obtén al instante el factor de actualización, la inflación acumulada del periodo y la cantidad ya actualizada. Con la serie oficial del INPC del INEGI y el truncado al diezmilésimo que exige el Art. 17-A del Código Fiscal de la Federación.

Sin registro y sin instalar nada. El último INPC cargado es el de junio de 2026.

Cómo usar la calculadora

  1. 1 Escribe la cantidad a actualizar. Es opcional: si solo quieres el factor, déjala como está.
  2. 2 Elige el mes inicial y el mes final. El inicial es el más antiguo del periodo. Para la actualización fiscal del Art. 17-A, selecciona en ambos el mes anterior a cada extremo.
  3. 3 Lee el resultado. Verás el factor con cuatro decimales, la inflación del periodo y tu importe ya actualizado.
Último INPC disponible: junio de 2026 (INEGI)

Opcional. Por ejemplo, el importe de una contribución que vas a pagar fuera de plazo.

Mes inicial

Mes más antiguo del periodo (cuando se generó el importe).

Mes final

Mes más reciente del periodo (cuando se actualiza).

Factor de actualización

1.2841

Cantidad actualizada

$12,841.00

Inflación del periodo

28.41%

Entre junio de 2021 y junio de 2026 los precios subieron 28.41%: lo que valía $10,000.00 equivale hoy a $12,841.00.

Cálculo: INPC de junio de 2026 (145.131) ÷ INPC de junio de 2021 (113.018), truncado al diezmilésimo (4 decimales) conforme al Art. 17-A del CFF.

Ojo con el mes que usa el SAT

Para la actualización fiscal estricta, el Art. 17-A del CFF toma el INPC del mes anterior a cada extremo del periodo (al mes más reciente y al mes más antiguo). Si vas a pagar una contribución extemporánea, corre el cálculo un mes atrás en ambos selectores. Cómo se actualiza una declaración fuera de plazo →

Herramienta informativa: no sustituye la asesoría de un contador. Los valores del INPC provienen del INEGI (base segunda quincena de julio de 2018 = 100).

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¿Qué es el INPC?

El Índice Nacional de Precios al Consumidor es la forma en que México mide la inflación. El INEGI sigue mes a mes el precio de una canasta representativa de los bienes y servicios que consumen los hogares —comida, transporte, vivienda, servicios, educación— y resume todo ese movimiento en un solo número. Lo calcula conforme al Art. 20-C del Código Fiscal de la Federación y lo publica en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que corresponde, como marca el Art. 20 del propio CFF.

El índice está construido sobre una base: la segunda quincena de julio de 2018 vale 100. Por eso los valores actuales rondan los 145 puntos, y por eso el número aislado no dice gran cosa. El INPC solo cobra sentido cuando comparas dos meses: la razón entre ambos es, precisamente, el factor de actualización.

¿Qué es el factor de actualización y de dónde sale?

El factor de actualización es el número por el que multiplicas una cantidad para llevarla de un mes a otro sin que la inflación se la coma. Su fundamento está en el Art. 17-A del Código Fiscal de la Federación, que ordena actualizar el monto de las contribuciones, los aprovechamientos y las devoluciones a cargo del fisco federal «por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país».

Ese mismo artículo define la fórmula: el factor se obtiene dividiendo el INPC del mes anterior al más reciente del periodo entre el INPC del mes anterior al más antiguo. Y añade tres reglas que conviene tener presentes:

  • Se calcula hasta el diezmilésimo. Cuatro decimales, truncados: 1.049078 se queda en 1.0490, no se redondea a 1.0491. Es lo que hace la calculadora de arriba.
  • No hay fracciones de mes. La actualización trabaja con meses completos; da igual si pagas el día 3 o el día 28.
  • Nunca baja del 1. Si la división da menos de 1 porque los precios cayeron, el factor aplicable es 1 y la cantidad se queda igual.

Y una precisión importante: actualizar no es lo mismo que pagar recargos. La actualización solo repone el valor del dinero; los recargos son la indemnización al fisco por el pago tardío (Art. 21 del CFF) y se calculan después, sobre la contribución ya actualizada.

Ejemplo paso a paso con datos reales

Supón que tu empresa tenía un ISR a cargo de $50,000 que debió pagarse en marzo de 2025 y que lo vas a pagar en junio de 2026. Así queda la actualización:

  1. 1 Identifica el periodo. Va de marzo de 2025 (mes más antiguo) a junio de 2026 (mes más reciente).
  2. 2 Retrocede un mes en cada extremo, como pide el Art. 17-A: te quedas con febrero de 2025 y mayo de 2026.
  3. 3 Toma los dos INPC. Febrero de 2025: 138.726. Mayo de 2026: 145.527. Son los valores de la serie del INEGI que usa esta herramienta.
  4. 4 Divide y trunca al diezmilésimo. 145.527 ÷ 138.726 = 1.049024… → el factor es 1.0490. Todo lo que va más allá del cuarto decimal se corta sin más.
  5. 5 Multiplica tu importe. $50,000 × 1.0490 = $52,450.00. La actualización es de $2,450, y los recargos del Art. 21 se calcularían sobre esos $52,450, no sobre los $50,000 originales.

Si metes febrero de 2025 y mayo de 2026 en la calculadora de arriba obtienes exactamente ese 1.0490, más el dato de que en ese periodo los precios subieron un 4.90%.

¿Para qué necesita una pyme el factor de actualización?

Aparece más veces de las que uno esperaría en la operación normal de un negocio:

  • Adeudos fiscales pagados fuera de plazo. Toda contribución que se entera tarde se actualiza antes de calcular los recargos, sea una declaración mensual o la anual presentada extemporáneamente.
  • Devoluciones y saldos a favor. Las devoluciones a cargo del fisco federal también se actualizan, así que un saldo a favor que tarda meses en regresar no vuelve por el mismo importe nominal.
  • Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores. Antes de amortizarlas contra la utilidad se actualizan con el INPC, en los términos que fija la Ley del ISR.
  • Rentas, pensiones y contratos indexados. Fuera del ámbito fiscal, muchos contratos de arrendamiento y convenios de pensión alimenticia se ajustan cada año con la variación del INPC. Aquí no aplica el piso de 1: se usa el factor tal cual, aunque sea menor.
  • Referencias que se mueven con la inflación. El valor de la UMA, por ejemplo, lo actualiza cada año el INEGI a partir de la variación anual del INPC a diciembre.

Si lo que necesitas es no volver a llegar tarde, revisa las fechas límite en nuestro calendario fiscal interactivo y el detalle de cada obligación en la guía de obligaciones fiscales mensuales para pymes.

Cuando los precios bajan: el piso de 1

La inflación en México ha sido casi siempre positiva, pero hay periodos cortos en los que el INPC baja. Si eliges dos meses así, la división te dará menos de 1 y, en teoría, tu cantidad «se actualizaría» a la baja. El Art. 17-A lo impide: cuando el resultado es menor a 1, el factor que se aplica a contribuciones, aprovechamientos, devoluciones a cargo del fisco y valores de bienes u operaciones es 1.

La calculadora aplica ese piso sola: te muestra 1.0000 como factor aplicable, deja tu importe intacto y, aparte, te enseña el factor realmente calculado por si lo necesitas para un uso no fiscal, como ajustar una renta.

INPC de los últimos 12 meses

Estos son los valores del INPC que la calculadora tiene cargados para el último año, tal como los publica el INEGI. La tercera columna es la variación respecto al mes inmediato anterior, calculada con esta misma serie.

Mes INPC Variación mensual
Julio de 2025 140.780 +0.27%
Agosto de 2025 140.867 +0.06%
Septiembre de 2025 141.197 +0.23%
Octubre de 2025 141.708 +0.36%
Noviembre de 2025 142.645 +0.66%
Diciembre de 2025 143.042 +0.28%
Enero de 2026 143.588 +0.38%
Febrero de 2026 144.307 +0.50%
Marzo de 2026 145.544 +0.86%
Abril de 2026 145.831 +0.20%
Mayo de 2026 145.527 −0.21%
Junio de 2026 145.131 −0.27%

Fuente: INEGI, base 2a quincena julio 2018 = 100. Último mes disponible: junio de 2026. El INEGI publica el índice mensual en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes siguiente; en cuanto sale el dato nuevo, lo cargamos aquí y en la calculadora. Ojo con el índice quincenal que también se publica cada mes: no es el que se usa para el factor de actualización mensual.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el INPC? +

El Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) es el indicador con el que se mide la inflación en México: refleja cómo cambian, mes a mes, los precios de una canasta representativa de los bienes y servicios que consumen los hogares. Lo calcula el INEGI conforme al Art. 20-C del Código Fiscal de la Federación y su base actual es la segunda quincena de julio de 2018 = 100, es decir, ese periodo vale 100 y todos los demás se comparan contra él.

¿Qué es el factor de actualización? +

Es el número por el que se multiplica una cantidad para llevarla de un mes a otro sin que pierda valor por la inflación. El Art. 17-A del Código Fiscal de la Federación lo define como el resultado de dividir el INPC del mes anterior al más reciente del periodo entre el INPC del mes anterior al más antiguo. No es una multa ni un recargo: es solo el ajuste que compensa el paso del tiempo.

¿Cómo se calcula el factor de actualización según el Art. 17-A del CFF? +

Se divide el INPC del mes anterior al más reciente del periodo entre el INPC del mes anterior al más antiguo, y el resultado se calcula hasta el diezmilésimo, es decir, cuatro decimales que se truncan sin redondear. La actualización no se hace por fracciones de mes: siempre se trabaja con meses completos. Después, ese factor se multiplica por la cantidad que quieres actualizar.

¿Cada cuándo se publica el INPC y dónde lo consulto? +

El INEGI publica el INPC mensual en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días del mes siguiente al que corresponde, conforme al Art. 20 del CFF. Esta calculadora usa la serie oficial del INEGI y el último dato disponible aquí es el de junio de 2026. Ten cuidado con el índice quincenal que también se publica cada mes: ese no es el que se usa para el factor de actualización mensual.

¿Para qué le sirve el factor de actualización a una pyme? +

Para varias cosas del día a día: actualizar una contribución que vas a pagar fuera de plazo (antes de calcular los recargos), actualizar un saldo a favor o una devolución a cargo del fisco, actualizar pérdidas fiscales de ejercicios anteriores antes de amortizarlas y actualizar el costo de bienes cuando la ley lo permite. Fuera del terreno fiscal, también se usa para ajustar rentas de arrendamiento, pensiones alimenticias o contratos indexados a la inflación.

¿Qué pasa si el factor de actualización sale menor que 1? +

Significa que en ese periodo los precios bajaron. Cuando eso ocurre, el Art. 17-A del CFF ordena aplicar un factor de 1 a contribuciones, aprovechamientos, devoluciones a cargo del fisco y valores de bienes u operaciones: la actualización nunca reduce el importe, simplemente lo deja igual. La calculadora aplica ese piso automáticamente y te muestra aparte el factor real, por si lo necesitas para un uso no fiscal como una renta o una pensión.

¿Esta calculadora sustituye a mi contador? +

No. Te da el factor y la cantidad actualizada con la serie oficial del INEGI, pero decidir qué periodo aplica a tu caso, si además corresponden recargos o multas y cómo se refleja todo en la declaración es trabajo de un contador. Úsala para tener el número a la mano y valídalo con tu asesor antes de pagar o de presentar.