Obligaciones fiscales mensuales para pymes en México 2026
Introducción
Cumplir en tiempo y forma con el SAT es uno de los mayores retos para una pyme en México. En 2026, con las nuevas facultades de fiscalización del SAT y reformas como la restricción temporal de sellos digitales (Art. 17-H Bis) o las visitas domiciliarias del Art. 49 Bis, omitir una sola obligación mensual puede traducirse en multas, bloqueo de facturación o créditos fiscales.
En esta guía de Grupo CerVel te resumimos las obligaciones fiscales mensuales que debe cumplir tu pyme este año, ya sea que tributes como Persona Moral del Régimen General o como RESICO. Si necesitas identificar a qué régimen perteneces, consulta nuestra herramienta de régimen fiscal.
1. Pago provisional de ISR
Toda pyme debe presentar el pago provisional del Impuesto Sobre la Renta a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el periodo. Aplica tanto para personas morales como para personas físicas con actividad empresarial.
Importante 2026: los contribuyentes RESICO que omitan tres o más pagos mensuales en un año calendario (consecutivos o no) sufrirán restricción temporal de sellos digitales.
2. Declaración mensual de IVA
El Impuesto al Valor Agregado se declara de forma definitiva cada mes (no es provisional). Se calcula la diferencia entre el IVA cobrado a clientes y el IVA acreditable pagado a proveedores. Si resulta saldo a favor, puede compensarse o solicitarse en devolución.
Fecha límite: día 17 del mes siguiente.
3. Retenciones de ISR e IVA
Si tu pyme paga sueldos, honorarios, arrendamiento o servicios profesionales, está obligada a retener y enterar:
- ISR por sueldos y salarios (Art. 96 LISR)
- ISR por honorarios y arrendamiento (10%)
- IVA retenido (cuando aplique, por ejemplo en servicios profesionales o fletes)
Estas retenciones se enteran junto con la declaración mensual.
4. Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
Es obligatoria para personas morales y se presenta de forma mensual, reportando las operaciones con proveedores. Sirve al SAT para cruzar información de IVA acreditable.
5. Emisión y timbrado de CFDI
Aunque no es una declaración como tal, mensualmente debes asegurar que:
- Se emitieron CFDI de ingresos por todas las ventas/servicios.
- Se emitieron CFDI de nómina por cada pago a empleados.
- Se emitieron CFDI de retenciones cuando corresponde.
- Se realizaron los complementos de pago dentro de los plazos.
Recuerda 2026: la cancelación de CFDI por operaciones inexistentes solo procederá hasta el mes en que se presente la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitieron, y requiere aceptación del receptor.
6. Pago de cuotas IMSS e INFONAVIT
Si tu pyme tiene empleados, mensualmente debe enterar:
- Cuotas obrero-patronales del IMSS (a más tardar el día 17).
- Aportaciones bimestrales al INFONAVIT y al SAR (en los meses pares).
Adicionalmente, se debe presentar la determinación de cuotas en el SUA y mantener actualizados los movimientos afiliatorios.
7. Impuesto sobre Nómina (ISN) estatal
Es un impuesto local que varía por estado. En Querétaro la tasa es del 3% sobre el monto de nóminas pagadas. Se declara y paga mensualmente ante la Secretaría de Finanzas del estado. Si tu pyme opera en otras ciudades del Bajío, también atendemos a empresas en León, Celaya e Irapuato.
8. Contabilidad electrónica
Las personas morales están obligadas a enviar mensualmente al SAT:
- Catálogo de cuentas (al inicio o cuando haya modificaciones).
- Balanza de comprobación mensual.
- Pólizas y auxiliares cuando el SAT lo requiera.
Tabla resumen: calendario fiscal mensual 2026
| Obligación | Periodicidad | Fecha límite |
|---|---|---|
| Pago provisional ISR | Mensual | Día 17 |
| Declaración IVA | Mensual | Día 17 |
| Retenciones ISR/IVA | Mensual | Día 17 |
| DIOT | Mensual | Último día del mes siguiente |
| Cuotas IMSS | Mensual | Día 17 |
| INFONAVIT/SAR | Bimestral | Día 17 (meses pares) |
| ISN Querétaro | Mensual | Día 22 (aprox.) |
| Contabilidad electrónica | Mensual | Variable según tipo |
Para no perder ninguna fecha clave, te recomendamos consultar nuestro calendario fiscal interactivo.
Consecuencias de incumplir en 2026
El SAT ha endurecido las sanciones. Entre las consecuencias más relevantes destacan:
- Restricción temporal del sello digital (Art. 17-H Bis).
- Multas por omisión de declaraciones e informativas.
- Recargos y actualización sobre contribuciones omitidas.
- Bloqueo del acceso a servicios digitales en ciertos casos.
- Visitas domiciliarias y revisiones electrónicas.
Si quieres profundizar en cómo elegir un despacho que te acompañe en este cumplimiento, lee nuestro artículo Cómo elegir un despacho contable en Querétaro: 7 factores clave.
Conclusión
Las obligaciones fiscales mensuales son la columna vertebral del cumplimiento de toda pyme. En 2026 el margen de error se ha reducido drásticamente: omitir o presentar tarde una declaración puede significar el bloqueo de tu facturación y el paro operativo de tu negocio.
En Grupo CerVel acompañamos a pymes en Querétaro y todo México con un servicio integral de cumplimiento fiscal: contabilidad, obligaciones fiscales, auditoría y servicios administrativos. Nuestro objetivo es que tú te enfoques en hacer crecer tu empresa, mientras nosotros nos encargamos del cumplimiento.
¿Quieres asegurar el cumplimiento fiscal de tu pyme?
Solicita una consulta sin costo y recibe un diagnóstico fiscal de tu empresa.
📞 Tel: 442 579 0213 📧 Correo: administracion@grupocervel.com 📍 Ubicación: Querétaro