20 de febrero de 2026
IEPS 2026: sectores gravados y principales cambios | Grupo CerVel
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) es uno de los impuestos indirectos más relevantes del sistema fiscal mexicano, y uno de los que más empresas desconocen o manejan incorrectamente. En 2026, las actualizaciones a las cuotas específicas —ajustadas por inflación conforme al INPC— y el fortalecimiento de los mecanismos de control del SAT hacen indispensable revisar si tu empresa está correctamente cumpliendo con este impuesto.
¿Qué es el IEPS y a quién aplica?
El IEPS es un impuesto que grava la producción, enajenación e importación de ciertos bienes, así como la prestación de determinados servicios. Lo paga el productor, fabricante o importador en primera instancia, pero económicamente lo traslada al consumidor final mediante el precio de venta.
Si tu empresa produce, comercializa o importa alguno de los bienes o servicios listados en la Ley del IEPS, tienes obligaciones formales y de pago que deben incorporarse correctamente en tu operación fiscal.
Sectores gravados y tasas en 2026
Bebidas alcohólicas
- Cerveza y bebidas con graduación de hasta 14° GL: 26.5%
- Bebidas de más de 14° y hasta 20° GL: 30%
- Bebidas con más de 20° GL: 53%
Aplica a fabricantes, productores e importadores. Las empresas que simplemente venden al menudeo no son contribuyentes directos del IEPS, pero deben verificar que sus proveedores lo estén trasladando correctamente.
Tabacos labrados
La Ley del IEPS grava los cigarrillos, puros y otros tabacos con:
- 160% sobre el precio de venta más una cuota fija por cigarro
- La cuota fija se actualiza con el INPC en cada ejercicio
Combustibles automotrices (gasolinas y diésel)
Las cuotas de IEPS sobre combustibles son variables y las establece mensualmente la SHCP. Para 2026, las tarifas han tendido a incrementarse en línea con la inflación y los precios internacionales del petróleo. Este IEPS no es acreditable para efectos del ISR.
Bebidas saborizadas (refrescos y azucaradas)
- 1 peso por litro sobre bebidas con azúcares añadidos
- Aplica a productores e importadores de refrescos, jugos con azúcar añadida, néctares y bebidas con edulcorantes
Alimentos de alto contenido calórico (IEPS “comida chatarra”)
- 8% sobre el precio de venta a quien los produce o importa
- Aplica a: botanas, productos de confitería, chocolate, flanes, pudines, dulces, cremas de cacao, nueces y mantequillas de semillas, y alimentos preparados con cereales que tengan 275 o más kilocalorías por cada 100 gramos
Bebidas energizantes y con cafeína
- 25% sobre el precio de venta
Plaguicidas
Tasas variables según la categoría de peligrosidad (del 6% al 9%).
Servicios de juegos y apuestas
- 30% sobre los ingresos del operador, ya sea en juegos con apuestas, loterías, rifas, sorteos y eventos deportivos.
Principales cambios y puntos de atención en 2026
Actualización de cuotas fijas: Las cuotas específicas del IEPS (cigarros, combustibles, bebidas) se actualizan cada año con el INPC. Para 2026, el ajuste fue de aproximadamente 4.8%, en línea con la inflación de 2025.
Mayor fiscalización a la informalidad: El SAT reforzó los mecanismos de control para detectar productores informales de bebidas alcohólicas y tabacos que evaden el IEPS. Esto incluye el cruce de información de CFDI con el padrón de contribuyentes.
Marbetes y precintos electrónicos: Continúa la implementación del sistema de trazabilidad de bebidas alcohólicas mediante marbetes y precintos electrónicos. Las empresas del sector deben tener sus sistemas de emisión actualizados.
CFDI con complemento de IEPS: El SAT ha intensificado la revisión de que los CFDI de productores e importadores incluyan correctamente el complemento o desglose del IEPS trasladado.
Obligaciones formales para contribuyentes del IEPS
Si tu empresa es contribuyente del IEPS, debes cumplir con:
- Declaraciones mensuales de IEPS junto con los pagos provisionales de ISR e IVA.
- Declaración anual de IEPS.
- Presentar el IEPS desglosado en CFDI en todas las enajenaciones.
- Llevar contabilidad separada de las operaciones gravadas y exentas de IEPS.
- Inscribirse en el Padrón de Importadores si importas bienes gravados.
- Para alcohol y tabaco: registro en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas o de Tabacos.
¿Tu empresa vende estos productos sin ser fabricante?
Una duda frecuente: ¿si soy distribuidor o detallista, debo pagar IEPS? La respuesta general es no, siempre que el fabricante o importador ya lo haya pagado y trasladado. Sin embargo, en la cadena de distribución existen casos donde se generan obligaciones adicionales, especialmente en la venta de bebidas alcohólicas entre contribuyentes del régimen general.
Si tienes dudas sobre si tu empresa está en la cadena de contribuyentes del IEPS o cómo manejar correctamente este impuesto en tus declaraciones, en Grupo CerVel te orientamos para cumplir correctamente sin pagar más de lo que corresponde.