Seguridad social Nacional

Los vales de "alimentación" no bajan tus cuotas del IMSS

El IMSS solo excluye alimentación y habitación del salario base de cotización cuando se entregan en especie: el efectivo o el depósito con esa etiqueta sí integra.

Grupo CerVel Consultores

· 3 min de lectura

Esta no es una noticia de última hora, y conviene decirlo de entrada: no hay criterio nuevo ni reforma esta semana. Es el marco que lleva dos años vigente y que muchos esquemas de nómina “optimizada” siguen ignorando —con los números de 2026 para poner cifra a lo que está en juego.

Qué cambia

El Criterio 02/2024/NV/SBC-LSS-27-V del IMSS, aprobado por el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.250624/204.P.DIR del H. Consejo Técnico el 25 de junio de 2024 y publicado en el DOF el 11 de julio de 2024, establece algo que suena obvio pero que en la práctica se pasa por alto: las prestaciones de alimentación y habitación solo se excluyen del salario base de cotización (SBC) cuando se entregan en especie. El fundamento es el artículo 27, primer párrafo y fracción V, de la Ley del Seguro Social.

En especie significa el bien, no el dinero: el comedor de la empresa, la despensa entregada, la casa habitación. El efectivo o el depósito en cuenta “nominado” como alimentación o habitación —vales incluidos— sí se integra al SBC, por mucho que en el recibo de nómina figure con esa etiqueta.

El propio criterio cierra además el atajo más común: retener al trabajador al menos el 20% del salario mínimo de la CDMX por estos conceptos, por sí solo, no acredita la exclusión. Es un requisito, no una llave.

Aquí entra el segundo número. Si el Instituto determina diferencias, las calcula con la UMA vigente, y la de 2026 la publicó el INEGI el 8 de enero (Comunicado de prensa 1/26): $117.31 diarios, $3,566.22 mensuales y $42,794.64 anuales, un 3.69% por encima de 2025, en vigor desde el 1 de febrero de 2026. Es la unidad con la que se calculan multas y topes indexados durante todo el año.

Un matiz honesto sobre la fuente: este criterio lo emite la propia autoridad que cobra las cuotas, y los criterios del IMSS tienden a ampliar qué se integra al salario base. Es la interpretación vinculante del Instituto, no una verdad indiscutible —el contrapeso son los tribunales—, pero es la que aplicará quien te revise.

A quién afecta y qué hacer

Afecta al patrón que otorga vales, depósitos o efectivo etiquetados como “alimentación” o “habitación” para dejarlos fuera del salario base de cotización, sin entregar el bien en especie. Es un esquema frecuente en empresas de 10 a 50 empleados, muchas veces heredado de un despacho anterior y nunca revisado desde entonces. Expuesto queda a que el IMSS reintegre esas cantidades al SBC y determine diferencias de cuotas obrero-patronales, con sus recargos.

La revisión es más sencilla de lo que parece. Pídele a tu contador la lista de conceptos que hoy se excluyen del SBC en tu nómina y sepáralos en dos columnas: los que se entregan de verdad en especie y los que son dinero con etiqueta. Si la segunda columna tiene contenido, el siguiente paso es cuantificar la contingencia —cuánto representarían esas cantidades integradas al SBC— antes de que la cuantifique el Instituto.

El mensaje no es que el IMSS venga por ti. Es que esta revisión la vas a hacer tú ahora, con calma, o la va a hacer otro después, con una determinación de por medio.

En Grupo CerVel podemos revisar contigo tu esquema de prestaciones y decirte, con números, si tu exclusión del SBC se sostiene.

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Revisamos contigo qué cambia para tu empresa. Te respondemos en menos de 24 horas hábiles.

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