¿Tu empresa podría ser considerada actividad vulnerable sin que lo sepas? | Grupo CerVel

10 de marzo de 2026

¿Tu empresa podría ser considerada actividad vulnerable sin que lo sepas? | Grupo CerVel

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), mejor conocida como Ley Antilavado, establece un catálogo de actividades que el legislador consideró especialmente sensibles al flujo de dinero de origen ilícito. A estas actividades la ley las llama actividades vulnerables, y quienes las realizan tienen obligaciones específicas de identificación de clientes, resguardo de información y reporte ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

El problema: muchas empresas que realizan estas actividades no lo saben, y operan sin cumplir las obligaciones correspondientes.

¿Cuáles son las principales actividades vulnerables?

El artículo 17 de la LFPIORPI lista 16 categorías de actividades vulnerables. Entre las más comunes en el mundo empresarial mexicano están:

1. Compraventa de bienes inmuebles Cualquier empresa o persona dedicada a comprar, vender o intermediar en bienes raíces. Esto incluye desarrolladoras, inmobiliarias, arrendadoras en ciertos supuestos y notarios.

2. Transmisión o constitución de derechos sobre bienes inmuebles Fideicomisos, contratos de uso o derechos reales sobre propiedades.

3. Compraventa de vehículos, aeronaves, embarcaciones o equipo industrial Distribuidoras de autos, maquinaria pesada, aviones privados o yates.

4. Transmisión de acciones, partes sociales o valores Operaciones de compraventa de participaciones en empresas, especialmente fuera de bolsa.

5. Constitución de personas morales, fideicomisos y figuras jurídicas Abogados y despachos que constituyen empresas, fideicomisos o estructuras corporativas para sus clientes.

6. Prestación de servicios profesionales independientes Esta categoría es la que más sorprende a las empresas: contadores, auditores, consultores y abogados que asesoran en planeación fiscal, fusiones, adquisiciones o reestructuras corporativas también pueden quedar sujetos a esta ley cuando operan de forma independiente y bajo ciertos supuestos.

7. Comercio de joyas, metales preciosos, relojes o arte Joyerías, casas de empeño, galerías y subastas de arte están incluidas.

8. Blindaje de vehículos Empresas que instalan blindaje en automóviles.

9. Traslado de valores o custodia de efectivo Empresas de seguridad privada con traslado de efectivo o valores.

10. Rifas, loterías, sorteos y casinos Toda actividad de juego regulada o no.

¿Qué obligaciones implica ser actividad vulnerable?

Si tu empresa realiza alguna de estas actividades, debes cumplir con:

Identificación del cliente (KYC)

Antes de iniciar cualquier relación comercial, debes identificar plenamente a tu cliente: nombre, RFC, CURP, domicilio, actividad económica, y en ciertos casos, su origen de fondos. Para personas morales, también debes identificar a sus socios y representantes.

Resguardo de información

La documentación del cliente y de cada operación debe conservarse durante cinco años como mínimo y estar disponible para la UIF en caso de requerimiento.

Reporte de operaciones

Existen umbrales a partir de los cuales las operaciones deben reportarse a la UIF. Estos umbrales varían por actividad:

  • Compraventa de inmuebles: operaciones superiores a 8,025 UMAS (~$850,000 MXN en 2026)
  • Compraventa de joyas o arte: superiores a 805 UMAS (~$85,000 MXN)
  • Servicios profesionales: según el tipo y monto de la operación

Programa de cumplimiento interno

Las empresas con mayor volumen de operaciones deben implementar un programa formal de PLD (Prevención de Lavado de Dinero) con políticas, procedimientos, oficial de cumplimiento y capacitación periódica al personal.

¿Cuáles son las sanciones?

Las multas por incumplimiento van de 200 hasta 65,000 UMAS (~$21,000 a $6.9 millones de pesos en 2026). Adicionalmente, en casos de reincidencia o gravedad, pueden aplicarse sanciones penales.

La SHCP y la UIF han incrementado las auditorías a actividades vulnerables en los últimos años, particularmente en el sector inmobiliario, servicios profesionales y comercio de bienes de lujo.

¿Qué hacer si crees que tu empresa califica?

Primero, realiza un diagnóstico para determinar si efectivamente realizas una actividad vulnerable y en qué supuesto. Si es así, el proceso es:

  1. Registrarte ante la UIF en el Portal del SISCP (sistema de cumplimiento)
  2. Implementar tu programa de PLD
  3. Designar un oficial de cumplimiento
  4. Comenzar a identificar a tus clientes bajo las reglas de la ley
  5. Reportar operaciones que superen los umbrales correspondientes

En Grupo CerVel contamos con experiencia en asesoría y cumplimiento en materia de PLD para empresas que realizan actividades vulnerables. Te ayudamos a determinar si aplica para tu negocio y a implementar el programa de cumplimiento de forma práctica y eficiente.

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