El registro de obra ante el IMSS se hace en SIROC dentro de los cinco días hábiles siguientes al inicio de los trabajos, con tu e.firma y tu registro patronal. Desde ese momento la obra tiene vida propia: avisas en SIROC a tus subcontratistas, presentas el reporte bimestral y cada incidencia (suspensión, reanudación, cancelación) y, al acabar, el aviso de terminación, también en cinco días hábiles. Hacerlo tarde o no hacerlo se multa con 20 a 350 UMA: entre $2,346.20 y $41,058.50 con la UMA de 2026.
Esta guía recorre el ciclo completo de una obra en SIROC, de la primera captura al cierre. Si todavía no tienes claro qué es el sistema o si te toca, empieza por qué es el SIROC del IMSS y quién debe usarlo.
¿Cuándo tienes que registrar una obra en el IMSS?
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos, ante la subdelegación del IMSS que corresponde a la ubicación de la obra (artículo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado). Si la obra cruza el territorio de más de una delegación, se registra en cada una (artículo 14).
Registra quien ejecuta la obra con trabajadores propios: el propietario que contrata directamente, el contratista o el subcontratista por su fase (artículo 5). El registro va ligado a un registro patronal vigente; si tu empresa todavía no lo tiene, ese trámite va antes: lo explicamos en alta patronal ante el IMSS.
¿Qué necesitas antes de entrar a SIROC?
Tres requisitos para operar el sistema, según el IMSS:
- Estar registrado como usuario en el Escritorio Virtual de IMSS Digital.
- Tener vigente la e.firma del SAT.
- Contar con un registro patronal vigente.
Además, ten a la mano la documentación de la obra. El artículo 12 del reglamento pide identificar el tipo de obra, su ubicación, los trabajos a realizar y la fase, y enumera la documentación de soporte:
- presupuesto de obra, análisis de precios unitarios y explosión de insumos;
- estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra;
- de proceder, el contrato y los planos arquitectónicos;
- las licencias o permisos de construcción federales, estatales o municipales.
Para viviendas unifamiliares, ampliaciones y remodelaciones menores basta la licencia o permiso, los planos o un croquis y, de proceder, el presupuesto. El trámite en SIROC es en línea y gratuito; esos papeles son los que dan los datos que capturas y los que el IMSS pedirá si revisa la obra.
¿Cómo se da de alta la obra, paso a paso?
El orden que seguimos con cada obra:
- Reúne los datos de la obra: ubicación exacta, tipo de obra, fechas de inicio y término previstas, trabajos o fase que ejecutas, monto del contrato o presupuesto.
- Confirma la fecha real de inicio de los trabajos: de ella corren los cinco días hábiles, no de la firma del contrato.
- Entra a SIROC desde el Escritorio Virtual con la e.firma del patrón y el registro patronal con el que vas a pagar las cuotas de esa obra.
- Registra la obra o la fase y guarda el acuse con el número de registro: es el dato que después liga a cada trabajador con su obra en el SUA.
- Registra a tus subcontratistas si los hay (siguiente apartado).
¿Qué pasa con los subcontratistas?
Si subcontratas partes de la obra, tienes que avisarlo al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del contrato (artículo 5, fracción III). Según las reglas de SIROC publicadas en el DOF el 13 de julio de 2017, cuando el subcontratista registra su fase de obra en el sistema, ese aviso se tiene por cumplido.
Desde septiembre de 2021, si el subcontratista ejecuta obra especializada, SIROC le pide además su número de REPSE. Ese registro lo da la STPS, no el IMSS; si no sabes si aplica, lo explicamos en qué es el REPSE y por qué tu empresa lo necesita.
No lo tomes como un trámite menor: el propietario o el contratista responden solidariamente de las cuotas de su contratista o subcontratista si no acreditan el contrato o si los datos resultan falsos (artículo 5 del reglamento).
¿Cómo se modifica un registro o se avisa una incidencia?
Los cambios de la obra después del alta se avisan en SIROC como incidencias (así las ordena el acuerdo del IMSS de 2017). Para la suspensión, la reanudación, la cancelación y la terminación, el plazo es de cinco días hábiles desde que ocurren (artículo 12 del reglamento):
| Incidencia | Cuándo | Plazo |
|---|---|---|
| Actualización de datos | Cambia algún dato registrado de la obra | En cuanto cambia; no dejes que llegue desactualizada al reporte bimestral |
| Reporte bimestral | Monto ejercido de la obra o del contrato | Primeros 17 días naturales de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre |
| Suspensión | La obra se detiene | 5 días hábiles |
| Reanudación | La obra vuelve a arrancar | 5 días hábiles |
| Cancelación | La obra no se va a ejecutar | 5 días hábiles |
| Terminación | La obra concluye | 5 días hábiles |
Aparte del reporte bimestral de SIROC, el artículo 9 del reglamento exige una relación de trabajadores por obra, con número de seguridad social y días trabajados por mes. Las dos cosas tienen que cuadrar con lo que pagas de cuotas obrero-patronales.
¿Cómo se da de baja una obra en SIROC?
La «baja» de una obra es, en el reglamento, el aviso de terminación: se presenta dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión de la obra (artículo 12). Si la obra no llegó a ejecutarse, lo que procede es la cancelación.
Con el aviso de terminación arranca un plazo para el IMSS: tiene hasta 90 días hábiles para revisar el cumplimiento de la obra, y durante esa revisión puede pedirte datos, informes o documentos, que hay que entregar en un máximo de 10 días hábiles desde que surte efectos el requerimiento (artículo 12 A). Por eso conviene cerrar con los reportes y la nómina de la obra ya cuadrados, no después.
¿Qué pasa si no registras la obra o lo haces tarde?
- Multa: notificar el domicilio de una obra fuera de plazo, con datos falsos o incompletos, u omitirlo, se sanciona con 20 a 350 veces la UMA (Ley del Seguro Social, artículo 304 A, fracción XXI, y artículo 304 B, fracción IV). Con la UMA diaria de $117.31 vigente desde el 1 de febrero de 2026 (INEGI), son $2,346.20 a $41,058.50 por infracción.
- Cuotas por estimación: si no aportas los datos de los trabajadores cuando el IMSS te los pide, puede estimar la mano de obra multiplicando los metros cuadrados de construcción por el costo de mano de obra por metro cuadrado que fija el Instituto (artículo 18 del reglamento).
¿Lo llevas tú o lo delegas?
SIROC se puede operar por tu cuenta si tienes una o dos obras al año y alguien en la empresa que lleve el calendario. Cambia cuando hay varias obras a la vez, subcontratistas entrando y saliendo o una nómina de obra que se paga desde otro despacho: ahí los reportes de SIROC, la relación de trabajadores y las cuotas del SUA suelen dejar de contar la misma historia. Y aunque delegues, la obligación sigue siendo del patrón registrado.
En Grupo CerVel llevamos el SIROC de constructoras y contratistas de Querétaro y el Bajío: alta de cada obra, subcontratistas, reportes bimestrales, incidencias y aviso de terminación, cuadrados con la nómina. Mira el alcance de nuestro servicio de SIROC o escríbenos con tus obras activas.
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