La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) aprobó el Criterio Jurisdiccional 2/2026 el 29 de junio de 2026 y lo publicó el 3 de julio de 2026: es ilegal que el SAT cancele los certificados de e.firma y de sello digital (CSD) alegando que tu inscripción al RFC no se hizo conforme a derecho solo porque no localiza la cita y el turno con los que hiciste el trámite. Es un argumento de defensa con sentencia firme detrás, no una regla que obligue al SAT.
¿Qué dice el Criterio Jurisdiccional 2/2026 de Prodecon?
El criterio salió de la 6ª Sesión Ordinaria del Comité Técnico de Normatividad de Prodecon, del 29 de junio de 2026, y su rubro es literal: «CERTIFICADOS DE E.FIRMA Y SELLO DIGITAL. ES ILEGAL QUE LA AUTORIDAD LOS CANCELE BAJO EL ARGUMENTO DE QUE LA INSCRIPCIÓN DEL CONTRIBUYENTE EN EL RFC NO SE REALIZÓ CONFORME A DERECHO, DEBIDO A QUE NO LOCALIZÓ ANTECEDENTES DE SU CITA Y TURNO PARA EFECTUAR EL TRÁMITE.»
El caso detrás: a una persona física el SAT le canceló la e.firma y los CSD en junio de 2024, con base en el artículo 17-H, fracción VIII, del Código Fiscal de la Federación, porque no encontró antecedentes de la cita y el turno de su inscripción al RFC, hecha en mayo de 2022. La Cuarta Sala Regional en Nuevo León del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) resolvió en 2025, con sentencia firme, que esa causal no está prevista expresamente en el artículo 17-H, fracción VIII, y que la ficha de trámite 39/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2022 quedó cumplida con la preinscripción en línea, el acuse, la CURP, el comprobante de domicilio y la identificación presentados en la oficina. Declaró la nulidad para que la autoridad emitiera nuevos certificados.
Conviene precisar su peso, porque es la diferencia entre informar y asustar. Es un criterio jurisdiccional: Prodecon sistematiza una sentencia firme que ella misma obtuvo representando al contribuyente. No es jurisprudencia y no vincula al SAT: el SAT puede seguir cancelando por ese motivo, y lo que cambia es que ya hay un argumento con nombre, número y sentencia para defenderte.
¿En qué se distingue de lo que ya contamos sobre el sello digital?
Es la tercera pieza del mismo frente, pero desde el otro lado. La restricción del CSD a quien usa facilidades sectoriales y el artículo 49 Bis y los CFDI falsos son vías por las que el SAT puede dejarte sin sello; la jurisprudencia del TFJA sobre la e.firma en los actos de autoridad cerró un argumento de defensa. Este criterio abre uno, para una causal distinta: la cancelación del artículo 17-H, fracción VIII, cuando la única base es que el SAT no encuentra la cita o el turno.
¿Qué cifras y fechas hay que apuntar?
- Criterio Jurisdiccional 2/2026, aprobado el 29 de junio de 2026 en la 6ª Sesión Ordinaria del Comité Técnico de Normatividad y publicado el 3 de julio de 2026 (Prodecon).
- Precedente: sentencia firme de 2025 de la Cuarta Sala Regional en Nuevo León del TFJA, sobre una cancelación de junio de 2024 y una inscripción de mayo de 2022 (Prodecon).
- Fundamento discutido: artículo 17-H, fracción VIII, del CFF y ficha de trámite 39/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2022 (Prodecon).
- 15 de octubre de 2024: la Segunda Modificación al Anexo 1-A de la RMF 2024 eliminó la inscripción con preinscripción en línea, según anota el propio criterio (Prodecon).
¿A quién le sirve y qué conviene hacer?
Sobre todo a personas físicas que se inscribieron en el RFC de forma presencial con preinscripción en línea —la modalidad que desapareció en octubre de 2024— y a quienes el SAT les cancele la e.firma o el sello digital alegando una inscripción irregular. Sin CSD no se puede facturar, así que el tiempo cuenta.
- Ante cualquier cancelación, pide el fundamento exacto. El criterio aplica cuando la base es el artículo 17-H, fracción VIII, y el motivo es que el SAT no localiza la cita o el turno; no sirve para otras causales, como el 49 Bis o el 69-B.
- Si ese es el motivo, invoca el Criterio Jurisdiccional 2/2026 en la aclaración, el recurso o el juicio.
- Conserva el acuse de preinscripción, la solicitud y el acuse único de inscripción al RFC. Fueron la prueba que ganó el caso.
- Valora pedir la representación de Prodecon, que es gratuita y es la vía por la que se ganó este precedente.
Un solo precedente regional no garantiza el resultado de otro juicio: cada expediente depende de lo que puedas documentar. En Grupo CerVel podemos revisar contigo el fundamento de una cancelación que ya te llegó y qué documentos de tu inscripción conviene tener listos. Solicita una cotización y revisamos tu caso.
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